“Mejor llévalo con el notario” es un consejo que se repite mucho, pero pocas veces se explica qué hace exactamente esa figura y por qué en algunos casos sí hace falta y en otros no.
Un notario público es un profesional del derecho investido por el Estado con fe pública: su firma y sello certifican que un acto jurídico ocurrió tal como quedó asentado, con el peso legal más alto que puede tener un documento en México.
Un abogado te asesora y puede representarte en un conflicto; un notario da fe de que un acto ocurrió de cierta manera, ante ciertas personas, en cierta fecha. Muchos notarios también son abogados, pero la función notarial es distinta de la función de litigio o asesoría.
Para la mayoría de los acuerdos cotidianos entre particulares —contratos de renta, compraventa de auto usado, préstamos entre personas, cartas responsivas— un documento privado firmado (incluso electrónicamente) es válido y suficiente.
Pregunta: ¿este acto necesita quedar inscrito en un registro público (propiedad, comercio) o requiere la fe pública por ley expresa? Si la respuesta es sí, notario. Si no, un documento privado bien hecho normalmente basta.
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