Sí. Y esta es probablemente la confusión más cara para la gente que evita firmar nada “porque no fuimos con el notario”.
En México, el principio general es la libertad contractual: dos personas pueden celebrar un contrato válido con solo su consentimiento y firma, salvo que la ley exija una formalidad específica (como escritura pública) para ese tipo de acto en particular.
No es el notario lo que hace válido a un contrato privado; es que exprese claramente el acuerdo, que ambas partes lo hayan firmado libremente, y que se pueda comprobar quién lo firmó y cuándo.
La excepción son los actos que la ley explícitamente exige formalizar ante notario: inmuebles, testamentos, ciertos actos societarios, entre otros ya mencionados.
Mucha gente cree que “sin notario no vale”, cuando en realidad la mayoría de los acuerdos cotidianos nunca necesitaron notario para tener validez; lo que necesitaban era estar bien redactados y firmados.
Los formatos de Firmamos son justo eso: contratos privados listos, pensados para los casos donde la ley no exige notario.
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