Estos tres términos se usan a veces como si fueran lo mismo, y eso genera confusión innecesaria sobre qué tipo de firma necesitas para cada situación.
Es cualquier método electrónico que exprese la voluntad de aceptar un documento: una firma con el dedo en pantalla, un clic de aceptación con verificación de identidad, o un código enviado por correo o SMS. Es válida para la gran mayoría de acuerdos entre particulares.
Añade capas adicionales de seguridad: normalmente involucra un certificado digital emitido por una autoridad certificadora, y ofrece un nivel más alto de garantía sobre la identidad del firmante. Se usa en contratos de mayor valor o riesgo, o cuando una de las partes lo exige explícitamente.
Es un tipo específico de firma electrónica avanzada, emitida por el SAT, pensada principalmente para trámites fiscales: declaraciones, facturación, trámites ante el gobierno. No está pensada como herramienta general para firmar contratos privados entre particulares, aunque técnicamente podría usarse en algunos casos.
Para la mayoría de los documentos del día a día, exigirte conseguir una e.firma o un certificado avanzado es más trámite del que la situación realmente necesita.
Los formatos de Firmamos usan firma electrónica simple, con folio y sello de tiempo, adecuada para los documentos cotidianos entre particulares.
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